La Asociación Argentina de Agentes de Propiedad Industrial admite tres categorías de asociados de adhesión voluntaria: Asociados Activos, Asociados Adherentes y Asociados Extranjeros. En todos los casos los asociados deberán ser personas de existencia visible, no admitiéndose la asociación de personas jurídicas.
a) Requisitos para constituirse en Asociado Activo (Art. 6to. del Estatuto):
-Poseer matrícula de Agente de la Propiedad Industrial -Gozar de buen concepto -Ser presentado por dos Asociados Activos -Abonar la cuota respectiva
b) Requisitos para constituírse en Asociado Adherente (Art. 7mo. del Estatuto):
-Ejercer profesión o actividad relacionada con la profesión de Agente de Propiedad Industrial (Por ejemplo: abogados, ingenieros, escribanos, arquitectos, procuradores, etc. que se desempeñen como asesores letrados, consejeros, técnicos, etc. en materias de Propiedad Industrial o Intelectual) -Gozar de buen concepto -Ser presentado por dos asociados Activos -Abonar la cuota respectiva.
c) Requisitos para constituírse en Asociado Extranjero (Art. 8vo. del Estatuto):
-Estar reconocido en el país de origen como Agente de la Propiedad Industrial o encontrarse dedicado a actividades íntimamente ligadas con tal profesión. -Gozar debuen concepto -Ser presentado por dos asociados Activos o Extranjeros -Abonar la cuota respectiva
Si desea asociarse, puede ingresar al formulario de ingreso haciendo click aquí.
Su solicitud de ingreso será sometida a la aprobación de la Comisión Directiva en la próxima reunión y se le informará sobre su aceptación o rechazo.
Una vez aceptada su solicitud, deberá abonar la cuota correspondiente a fin de perfeccionar su adhesión.